Requisitos para ser presidente

El artículo 82 de la Constitución mexicana señala de manera clara los requisitos indispensables que debe reunir una persona para ocupar el cargo de Presidente de la República:

a) Ser ciudadano por nacimiento en pleno ejercicio de sus derechos. Una persona que posea la nacionalidad mexicana por naturalización, está constitucionalmente impedida para ocupar este cargo.
b) Hijo de padre y madre mexicanos por nacimiento. Este requisito constitucional se reformó en 1999, para permitir que los hijos de padre o madre extranjeros, ocupen este alto cargo gubernamental, a condición de que en esta caso particular, se compruebe que el padre o la madre extranjeros, residieron o han residido en el país, por lo menos durante los últimos 20 años.
c) Que tenga 35 años cumplidos el día de la elección. Este mismo requisito se exige para los ministros de la Suprema Corte de Justicia. Se estima por el Constituyente que a esta edad la persona ya tiene suficiente experiencia, un concepto claro de la realidad histórica que le toca vivir, así como una capacidad de análisis que le permita enfrentar los problemas que se le presentarán en el desempeño de tan delicado cargo.
d) Residencia efectiva. Exige la legislación mexicana que la persona que aspire a este alto cargo, haya residido en el país durante todo el año anterior a la fecha de la elección.
e) No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto. Lo anterior no prohíbe en ningún momento que la persona pueda ser creyente de alguna religión.
f) No pertenecer a las fuerzas armadas, ni ocupar un alto cargo en el gobierno, como secretario o subsecretario de Estado, jefe o secretario del Departamento del Distrito Federal, procurador general de la República o gobernador de alguna entidad federativa. La vigencia de esta prohibición no es absoluta sino relativa, puesto que sí podrán participar en la contienda electoral, no obstante haber ocupado algún cargo como los antes mencionados, a condición de que se separen de éste 6 meses antes de la fecha de elección.
g) Por último, se exige que no haya ocupado anteriormente el cargo de presidente, así haya sido con el carácter de provisional, interino o sustituto. Lo que se busca es tener garantizada en términos absolutos la no reelección para el más importante puesto gubernamental del país.