Reseña histórica de la difusión de la ciencia de la administración pública
No se puede tener Gestión sin Administración Pública, por lo que en breve se hablará de la evolución que ha tenido ésta última y la manera en la cual se ha alterado la realización de trámites ante organismos gubernamentales.
Anteriormente, tuviste la oportunidad de conocer a grandes rasgos lo que implica y denota la Administración Pública. Ahora, estudiaremos el nacimiento de la ciencia de la administración moderna, la cual supone ciertas condiciones políticas que pueden resumirse en una cuestión: la eliminación del Estado absolutista y su reemplaz o por el Estado liberal cuyos cimientos descansan en el derecho; por tanto, la creación del Estadode derecho es una condición medular para el nacimiento de la ciencia de la administración, porque ésta se supone sometida a la ley, cuestión por la cual la ciencia de la administración y el derecho administrativo tienen un origen común y se encuentran, en un principio, estrechamente emparentados. Analicemos enseguida este problema.
Desarrollo de la administración en europa y estados unidos
La ciencia de la administración supone la eliminación del absolutismo, un Estadobasado en el derecho y la división de poderes. Pero estas condiciones no han sido uniformes, sino especiales en cada país.
En Francia ocurre el proceso típico y original del nacimiento de la ciencia de la administración conforme los supuestos antes mencionados. De hecho, Francia es la cuna de la ciencia de la administración; es en ella donde, antes que en ningún otro país, el feudalismo es eliminado como propiedad, poder y privilegio; donde el absolutismo alcanza más rápidamente la unidad y la centralización polít ica y administrativa; dónde una Revolución, la de 1789, crea el más puro y representativo Estado liberal; donde existen, entonces, las condiciones propias para la codificación de las normas administrativas; en fin, es el país en el cual la ciencia de la administración se hace posible.
Una condición indispensable para el surgimiento del derecho administrativo fue la separación de poderes, imposible en el absolutismo, porque ésta es asimismo una condición de la autonomía del derecho administrativo dentro del marco del derecho en general; es decir, la independencia del poder ejecutivo implica como consecuencia la independencia del derecho administrativo. «La Revolución comenzó por separar lo administrativo de los tribunales, y por estimar distinto lo administrativo de lo legislativo.» Estos hechos dan pie a la época de los grandes tratados de derecho administrativo francés, a saber: Macarel, Elementos de jurisprudencia administrativa (1818); Cormenin, Cuestiones de derecho administrativo (1822); Gerando, Programa de derecho administrativo(1819); y, para citar a otro ilustre jurista, Laferriere, Curso de derecho público y administrativo(1839). Así como al surgimiento de los poderes que actualmenterigen la Administración Pública: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Pero antes de estas obras, que fundan el derecho administrativo, nace una disciplina que le antecede: la ciencia de la administración.
En Alemania los antecedentes de ciencia de la administración del absolutismo (la policía), no posibilitaron sino un surgimiento tardío de la moderna ciencia de la administración. Esta dilación obedece, a la persistencia de remanentes feudales en la ciencia de la policía, que es transmitida por Von Justi a Von Stein. Se considera que en un principio prevalecen los derechos señoriales de los príncipes, luego la separación entre el jus eminentis de estos frente al jus politiea del pueblo y, finalmente, la constitución de la llamada polizeistaat, o sea, el Estado policía del que ya hablamos en la primera parte. Durante el Estado policía «originase la doctrina del Estado físico, sociedad de intereses pecuniarios, persona moral de derecho civil, distinta del Estado propiamente dicha, persona de derecho público. 37 No es sino hasta el establecimiento del Estado de derecho que se posibilita el nacimiento de la ciencia de la administración, tarea que cumple hacia la segunda mitad del siglo XIX.
Italia es un caso similar al de Alemania. Ambas llegan rezagadas a la unidad nacional, que cuaja hacia fines del siglo XIX; las dos, igualmente, crean una importante aunque tardía ciencia de la administración. No obstante, en la materia del derecho administrativo tienen los italianos el mérito de haber elaborado el primer tratado: Principios fundamentales del derecho administrativo(1814) de Dino Doménico Romagnosi; pero sus libros de ciencia dela administración, muy posteriores: Wautrain Cavagnari, Elementos de ciencia de la administración (1894); y Presutti, Ciencia de la administración(1910). La ciencia de laAdministración italiana no tiene sus propias fuentes, las toma de Alemania.
En Inglaterra y Estados Unidos la ciencia de la administración no emanó de sus circunstancias particulares. Éstas son las razones:
– En ambos países hubo un menor grado de codificación de las normas administrativas, sobre todo en Inglaterra donde es tan importante el derecho consuetudinario, y
– En los Estados Unidos la preocupación fundamental descansó en el derecho constitucional.
Hasta 1921, merced a la «Ciencia de la administración pública» de W.H. Moreland, Inglaterra parte al cultivo de la disciplina; en tanto que en Estados Unidos la ciencia de la administración se inicia por influencia externa, francesa y alemana, y cuyo proceso antecedió al derecho administrativo.
En Inglaterra, pues, se dió la ciencia de la administración muy tardíamente, pero de propia raíz, en tanto que en Estados Unidos la ciencia administrativa fue tardía y de influencia extranjera.
Finalizaremos con España, un caso oscuro y paradójico, extraordinariamente importante. En la Península el derecho administrativo y la ciencia de la administración nace de raíz hispánica de un lado, y por influencia francesa del otro, al tiempo que ambas disciplinas están entreveradas, tanto en sus contenidos como en la secuencia de su desarrollo; de hecho, los tratados de ciencia de la administración son también buenos textos de derecho administrativo y éstos son, igualmente, magníficos tratados de administración. Toca a Javier de Burgos fundar la ciencia de la administración española, la cual, antecede al derecho administrativo, con su Memoria a Fernando VII (1826), la Instrucciónde 1833 y sus Ideas de administración (1841). El caso español es de gran relevancia, pues fue el único país en el cual durante el siglo XIX, sobre t odo en la primera mitad, se desarrolló la ciencia de la administración en forma sistemática, programada y pedagógica, con mayor noción de independencia del derecho administrativo.
La ciencia de la administración en ese país, no sólo es de importancia mundial, lo cual es suficiente, sino especialmente para México, ya que en nuestro país es engendrado una ciencia de la administración inspirada directamente en la española. Este punto será abordado enseguida.