Nuevo marco regulatorio del Banco de Pagos de Basilea

Un ejemplo de lo que debe ser la colaboración entre auditoría interna y auditoría externa, y hacia donde debe caminar toda normativa que pretenda regular de forma real y práctica la colaboración entre auditores internos y externos, lo tenemos reflejado en el nuevo acuerdo de capital de Basilea. Supone un paso importante al incidir en la diferenciación entre actividades habitualmente confundidas, como son la auditoría interna, la auditoría externa y el control interno. Es un paso parcial, ya que afecta solamente al sector financiero, y no de obligado cumplimiento. A priori pretende desarrollar la adecuada configuración de la Auditoría Interna en organizaciones bancarias, y definir las relaciones de ésta con los auditores externos y con los entes supervisores.

En un plazo de tres a cinco años, las entidades financieras de todo el mundo tendrán que operar dentro del nuevo marco regulatorio del Banco de Pagos de Basilea (BIS). La futura normativa exigirá a la banca un sofisticado control del riesgo, aunque dejará más libertad y autocontrol para su cálculo y medición. Ello, sin duda, supone una importante modificación en la regulación financiera y parece avanzar enla dirección adecuada, ya que introduce la autorregulación controlada, cambia los perversos incentivos del viejo sistema, reconoce los avances en la tecnología de medición del riesgo, incrementa el papel del mercado y flexibiliza la supervisión.

Los supervisores bancarios deben estar satisfechos de que se estén siguiendo las políticas y prácticas efectivas, así como de que la Dirección está tomando acciones correctoras en respuesta a las debilidades identificadas por los auditores internos y externos. Parece claro que la colaboración entre auditor interno, externo y supervisor optimizará la supervisión. En esta dirección se orientan las ofertas planteadas en el nuevo Acuerdo de Basilea sobre el Capital, y su puesta en marcha requerirá, sin duda, un dialogo fluido entre las autoridades supervisoras y las entidades financieras. La cooperación propone una relación de confianza entre la entidad, su auditor externo y la autoridad supervisora.

Los Departamentos de auditoría interna y los Comités de Auditoría están llamados a desempeñar un papel principal y relevante en todo el proceso de implantación y aplicación efectiva de la normativa BIS. La función de auditoría interna de un banco que esté organizada en torno a los principios que se desarrollarán más adelante facilitarán el trabajo de los supervisores.

Fuente:  Borrajo Domínguez Manuel, La auditoría interna y externa, Junio 2002.