Auditoria administrativa

OBJETIVO. Verificar, evaluar y promover el cumplimiento y apego al correcto funcionamiento de las fases o elementos del proceso administrativo y lo que incide en ellos.

Es su objetivo también el evaluar la calidad de la administración en su conjunto.

Sin lugar a duda una de las auditorías que más se ha prestado a la controversia y divergencia de opiniones es la auditoría administrativa.

La razón de ello puede ser provocado fundamental y principalmente por un exceso de celo profesional entre los que la practican: los contadores públicos y los licenciados en administración (tanto de empresas como en administración pública).

La discusión se centra, básicamente, en una mutua y aparente «invasión de territorios» entre el alcance de la auditoría operacional y el de la auditoría administrativa.

El auditor operacional (contador público) defiende que el auditor administrativo (licenciado en administración) no tiene que abarcar en su revisión -los aspectos operacionales que a aquél competen.

El auditor administrativo, por su parte, no está de acuerdo en que el auditor operacional incluya en su revisión el aspecto administrativo.

Y hay mucha razón de ello por ambas partes.

La supuesta «invasión» se nota más por parte del licenciado en administración; y prueba de esto es que en la bibliografía, escrita sobre auditoría administrativa sus autores11121314 invariablemente recomiendan que el practicante de esta disciplina incluya en sus revisiones la cobertura de los aspectos operacionales de la entidad sujeta a auditoría.

Tal vez se pueda llegar a una conceptualización de criterios si se estudia concienzudamente el siguiente y sencillo ciclo, haciendo la aclaración que se pretende concretar sin entrar a un detalle que pudiere provocar discusiones estériles que lo único que pueden ocasionar es que se abunde sobre el tema con literatura o conceptos redundantes que hagan tediosa o poco práctica la lectura o el estudio del presente tema:

1. Se combinan recursos humanos, naturales y económicos para crear una entidad con un fin determinado. Esta entidad forzosa y necesariamente requiere establecer bases administrativas (factores o elementos del proceso administrativo) que le servirán para comenzar a operar.

11. Leonard P. William, Auditoría Administrativa, p.p.113 y 171 a 173, Editorial Diana, S.A., México, la. ed. en español, 1971.

12. Fernández Arena, José Antonio, La Auditoría Administrativa, p.p. 70 a 85, 88 a 92,153 a 178, etc., Editorial Diana, S.A., México, 3a. ed.,1973.

13. Asociación Nacional de Colegios de Licenciados en Administración, Auditoría Administrativa, p. 6 y 7, A.N.C.L.A., México, 1978 .

14. Alvarez Anguiano, Jorge, Auditoría Administrativa, p.p. 50 a 77, Facultad de Contaduría y Administración de la U.N.A.M., México, sin fecha de edición.

2. Con esa plataforma administrativa se empieza a trabajar; es decir, a operar o generar operaciones.

3. Esas operaciones se consignan cuantitativamente en la contabilidad.

Pues bien, en virtud de que el ciclo es perfectamente identificable en el proceso que lo compone, procede, entonces, identificar cada fase de ese ciclo con el tipo de revisión a que es susceptible; y así se tiene que para la fase

1) corresponde, o cae, dentro del ámbito de la auditoría administrativa, así de simple, sin «invadir» la fase siguiente;

2) que corresponde a la auditoría operacional; y por último, la

3) a la auditoría de estados financieros o financiera bien sea que se practique externa o internamente.

Para concluir con estos conceptos, básicos para situar al lector en lo que debe entender por auditoría administrativa, se puede señalar que la revisión de las operaciones es jurisdicción única y exclusiva del auditor operacional.

De no hacer factible esta separación simple y sencillamente no tendría razón de ser la auditoría operacional puesto que se encajaría dentro de la competencia de la auditoría administrativa ¿o no es así? Y qué va a opinar el auditor operacional ¿estará dispuesto a que se le desplace de este trabajo para adjudicárselo al auditor administrativo? y podría decir, además:

¿Por qué no me adjudican a mí la revisión de los factores o elementos del proceso administrativo, para lo cual yo también estoy preparado a revisar, y desaparecemos así a la auditoría administrativa? ¿qué pensaría en ese caso el auditor administrativo?

Para no fomentar las divergencias y diferencias es conveniente identificar un justo medio y que cada profesional se avoque doctrinalmente hablando al ejercicio de cada una de las disciplinas motivo de esta discusión.

En el ejercicio o en la práctica que cada quien llegue a los niveles de profundidad que su experiencia, preparación y deseo de ser útil le aconseje.

Para concretar, la auditoría administrativa se debe ocupar de verificar, evaluar y promover el cumplimiento y.

apego al correcto funcionamiento de las fases o elementos del proceso administrativo y lo que incide en ellos; complementando su acción con la evaluación de la calidad de la administración en su conjunto.

Fuente: Apuntes de Auditoria de la Unideg