Fracción arancelaria zoosanitaria de patos
Sólo se permite la importación de países o zonas libres de las siguientes enfermedades:
– Newcastle velogénico viscerotrópico.
– Influenza aviar.
– Síndrome de la baja postura.
– Tifoidea aviar.
El certificado zoosanitario deberá indicar que:-permanecieron en observación en la instalación de origen y procedencia, en condiciones de aislamiento de otros animales no sujetos a exportación y bajo supervisión oficial, durante un periodo de 30 días, previos a la fecha de embarque.
Presentaron resultados negativos a las pruebas de:
– Newcastle velogénico viscerotrópico (aislamiento viral).
– Influenza aviar (inmunodifusión en Agar gel).
– Pulorosis.
– Tifoidea aviar (aglutinación en placa con antígeno K polivalente).
– Síndrome de baja postura (inhibición de la hemoaglutinación).
– B ursitis infecciosa (enfermedad de Gumboro). (Inmuno difusión en Agar gel).
– Cólera aviar (aislamiento).
– Chlamidiasis (C.psittaci). (Elisa).
– Salmonelosis aviar.
– Tuberculosis aviar.
– Micoplasmosis.
– En los 14 días previos a la fecha de embarque, no recibieron ningún inmunógeno.
– Recibieron entre los 180 y 15 días previos a la fecha de embarque el o los inmunógenos siguientes: viruela aviar, indicándose fecha de inmunización, marca y lote del producto utilizado.
– Las jaulas o cajas de transporte de los animales, son nuevas, de cartón o de madera, de tal forma que puedan ser destruidas a su ingreso.
– Fueron tratados durante el periodo de observación y aislamiento, con productos autorizados en el país de origen contra endo y ectoparásitos, indicándose fecha de tratamiento, marca y lote del producto utilizado.
– Han sido inspeccionados en el momento de embarque, en punto de salida del país, por un médico veterinario oficial del país exportador, no mostrando tumoraciones, heridas, ni signo alguno de enfermedad infectocontagiosa o transmisible o presencia de ectoparásitos.
Fuente: Red de mujeres para el desarrollo.