La normativa vigente en materia de protección de los animales durante su sacrificio tiene por objeto adoptar normas mínimas para garantizar que se evite cualquier dolor o sufrimiento innecesario, y asegurar a su vez el desarrollo racional de la producción y la realización del mercado interior de animales y productos animales, evitando posibles distorsiones a la competencia.
La norma básica en la materia es el R.D. 54/1995 de 20-enero (B.O.E. 15-febrero) en este R.D. se fijan las condiciones aplicables a la estabulación de los animales en los mataderos, la sujeción de los animales antes de su aturdimiento, sacrificio o matanza y los métodos autorizados para el aturdimiento y la matanza. Se regulan también las condiciones de sacrificio y matanza fuera de los mataderos, las inspecciones y la certificaciones.Se contempla a si mismo la posibilidad de sacrificio realizados, según determinados ritos religiosos.
Fuente: Red de mujeres para el desarrollo.