Infracciones relacionadas con el ejercicio de las facultades de comprobación
Son las siguientes:
– Oponerse a que se practique la visita en el domicilio fiscal. No suministrar los datos e informes que legalmente exijan las autoridades fiscales; no proporcionar la contabilidad o parte de ella, el contenido de las cajas de valores y en general, los elementos que se requieran para comprobar el cumplimiento de obligaciones propias o de terceros.
– No conservar la contabilidad o parte de ella, así como la correspondencia que los visitadores les dejen en depósito.
– No suministrar los datos e informes sobre clientes y proveedores que legalmente exijan las autoridades fiscales sobre clientes y proveedores que legalmente exijan las autoridades fiscales o no los relacionen con la clave que corresponda, cuando así lo soliciten dichas autoridades.
Fuente: Apuntes de Derecho fiscal 2 de la Unideg