Convertibilidad de las multas y responsabilidad

Responsabilidad de terceros

Ya analizamos en el párrafo 2.2. el problema que representa el que la infracción cometida por un infractor se haga efectiva a una tercera persona.

Responsabilidad de las personas jurídicas

También estudiamos en un párrafo anterior el problema de la responsabilidad penal de las personas jurídicas y de sus representantes.

Convertibilidad de las multas

Es frecuente que las normas tributarias prevean la imposibilidad de pago de la multa por el infractor, y que en ese caso dispongan que se convierta en una prisión por un lapso que, en tratándose de jornaleros, no puede exceder de 15 días.

Por ejemplo, la Ley del Impuesto sobre Cerillos y Fósforos (Art. 15) disponía que en caso de insolvencia del infractor la multa se conmutaba por la de arresto de 15 días.

Fuente: Apuntes de Derecho fiscal 2 de la Unideg