Obligaciones y derechos de los asociados
Curiosamente la ley comienza mencionando obligaciones. Este es un punto cuyo cumplimiento por parte de los socios, sobre todo si son trabajadores, puede ayudar mucho a la directiva en su trato con el patrón, porque generalmente luchar con «casos perdidos» en los que va de por medio más el amor propio y la continuidad de la función, perturba o enturbia el verdadero sentido de justicia y de mejoramiento.
Es usual que los catálogos de obligaciones comience con la de votar y ser votado, lo mismo que el de derechos, por ser un derecho obligación.
Siguen en la lista las obligaciones de pagar oportunamente sus cuotas, concurrir a asambleas, mítines y marchas a las que convoque el sindicato, cumplir los acuerdos de asamblea y del comité ejecutivo aunque haya votado en contra, defender al sindicato y a sus miembros en toda circunstancia, cumplir las alianzas que se celebren sacrificar el interés individual por el colectivo, etcétera.
Entre los derechos sobresalen, además del de votar y ser votado, el de ser defendido en toda circunstancia, figurar en las comisiones que el sindicato designe, conocer el estado de las cuotas sindicales, ser preferido en igualdad de circunstancias, disfrutar de los servicios que el sindicato instituya, etcétera.
Hay estatutos que previenen que para promover el desarrollo de sus socios, éstos tienen la obligación de usar la palabra por indicación del presidente de debates en las asambleas o reuniones.