Acta de asamblea de elección de la directiva
También la elección de la directiva puede válidamente ser realizada en laasamblea constitutiva, siempre que se adopte el acuerdo y así conste que por esa única vez se efectuó la elección sin seguir las formalidades que seguramente figurarían en los estatutos.
Del mismo modo que se inició en esa fecha el periodo de actuación de la directiva, a la elección de la nueva directiva en los términos prescritos por los estatutos.
Si no es así, puede convocarse para que en la asamblea de estatutos también se elija la directiva, o este acto jurídico se deje para una tercera ocasión, siempre en ese orden: quedaría sin materia en el caso de ser elegida una directiva si antes no se aprobaron los estatutos.
No habría órganos ni personas qué elegir y, naturalmente, la autoridad podría hacer observaciones sobre el particular o, directamente, negar el registro.