Descentralización y desconcentración municipal
El fortalecimiento del Estado Federal, entendido fundamentalmente como el de los municipios, base de la organización política y administrativa de los estados, se ha quedado en palabras. Descentralizar es una decisión política fundamental y se justifica en la medida en que contribuya a la realización del proyecto de sociedad definido por la nación.
Si es la Federación la que ha concentrado los ingresos, así como la capacidad administrativa, es evidente que ella también es la que está mejor capacitada para dirigir el proceso de planeación del desarrollo. Desafortunadamente, la mayoría de los municipios en México carecen tanto de recursos como de capacidad administrativa. Además, la falta de capacitación de las autoridades municipales debido al bajo nivel educativo del personal adscrito a las mismas, los bajos salarios, y el hecho de que el 90 porciento de nuestros municipios sean rurales contribuye a complicar la situación de la administración pública municipal.
Una mala técnica administrativa ocasiona un mal manejo dé los fondos municipales y la elevación de los gastos por administración y la incompetencia en la realización de las obras que necesita la comunidad, y si a esto le agregamos que anteriormente a la reforma era a las legislaturas locales a las que les correspondía decidir qué contribuciones ingresarían a las arcas municipales, el panorama no era muy alentador.
Dentro de estos esfuerzos de fortalecer los otros dos niveles de gobierno, y precisamente al municipal, se encuentran los convenios estado-municipio, los convenios intermunicipales o COPLADE, que son mecanismos de coordinación que se han establecido para la colaboración de las tres instancias de gobierno. El Ayuntamiento puede, mediante el COPLAM, participar en el COPLADEincorporando prioridades y propuestas en el Plan Estatal de Desarrollo, ya que en varias acciones del CUD está involucrado el municipio, y gran número de programas del CUD repercuten por tan to a nivel municipal y en el se plasman asimismo las bases para que el estado transfiera o convenga con el municipio las atribuciones que le confiere al artículo 115.