Acometidas e instalaciones receptoras domésticas
Se entiende por acometida la parte de canalización comprendida entre la red de distribución y la llave general de acometida, incluida ésta.
A partir de esta llave las instalaciones dejan de ser responsabilidad de la compañía distribuidora para serlo del propietario de la instalación receptora, de la comunidad de propietarios o del inquilino del local.
La llave general de acometida es el dispositivo de corte del gas a la instalación receptora del o de los usuarios/s.
Está situada próxima o en el muro del edificio o, en su caso, al límite de la propiedad. Debe ser accesible desde el exterior e identificable.
En el caso de instalaciones para consumo doméstico, la llave de acometida se encuentra, generalmente, enterrada a poca distancia del acceso al edificio y protegida por una arqueta con su correspondiente tapa o trampilla en la que se identifica que se trata de una instalación de gas.
En los pocos casos en los que la acometida no se ha podido situar junto al acceso del edificio se acostumbra a colocar en la fachada de dicho acceso una placa indicadora de la situación de la acometida.
Las acometidas y sus correspondientes llaves de corte, arquetas y trampillas pertenecientes a instalaciones comerciales están situadas en general a poca distancia de uno de los accesos al local (no al edificio) o bien según las circunstancias puede penetrar en el mismo por la parte más cercana a las instalaciones de consumo.
Las acometidas industriales se sitúan de forma que la tubería entre la red pública de gas y los puntos de consumo sea lo más corta posible.
Antes de penetrar en la propiedad se sitúa una válvula de corte (válvula de cliente) protegida por una arqueta en la que se sitúa también el correspondiente dispositivo aislante para separar eléctricamente la acometida de la instalación receptora.
Cuando la longitud de la acometida sea superior a 150 m se instalará otro dispositivo de corte a la salida de la toma de acometida.
En el caso de instalaciones receptoras de GLP o bien en la distribución de polígonos en los que las zonas públicas son propiedad de la urbanización, se acostumbra a instalar una “llave de edificio” en la fachada de cada inmueble.
Existen todavía algunas instalaciones antiguas en las cuales la llave de acometida se encuentra en un nicho, en la fachada del edificio, protegida con una portezuela de fundición.
En las distribuciones a media presión y cuando el armario de regulación está situado en la fachada del edificio o en el vallado exterior se suele suprimir la llave de acometido enterrada ya que en el interior del armario hay una llave de paso que la sustituye.
Puede ser conveniente que los Servicios de Extinción de Incendios y Salvamento, cierren la llave de acometida, la de regulador o la de montante o ascendente, como precaución, cuando en un edificio se haya producido un incendio de cualquier tipo, para evitar complicaciones en la extinción del mismo.
Pero, bajo ningún concepto se podrá abrir una llave de acometida o de edificio que se encuentre cerrada o que se haya cerrado por cualquier circunstancia, aunque sea tan solo por algunos segundos. Esta operación está reservada exclusivamente a la empresa distribuidora, previa prueba de estanquidad.
Sea cual sea el tipo de llave, se puede saber sus posición de abierta o cerrada por la situación de su cabeza y si ésta es de cuadradillo por la ranura grabada en ella. Indicación cruzada respecto a la tubería corresponde a la llave cerrada.
Indicación paralela a la tubería corresponde a llave abierta. Otra indicación importante es que todas las llaves cierra hacia la derecha o sea en el sentido de las agujas de un reloj y abren en el sentido contrario o sea hacia la izquierda, existiendo unos topes en cada una de ambas posiciones.
Fuente: Manual S.E.P.E.I. de Bomberos, Publicaciones de la Diputación de Albacete