Puertas de los edificios
En general, el giro de las puertas de salida deberá abrir hacia el exterior si el número de ocupantes asignados a esa salida es mayor de 100 personas.
Los portones con hojas de ancho superior a 1,20 metros no son válidos para la evacuación salvo si disponen de una hoja inscrita en una de las hojas del portón o situada a un lado del mismo.
No son válidas para la evacuación las puertas cuyas hojas tienen un ancho menor de 0,60 metros.
Las puertas correderas o basculantes no son válidas para la evacuación si no disponen de una hoja practicable inscrita con eje de giro vertical y anchura suficiente.
Las puertas giratorias no son válidas para evacuación si no disponen de un sistema automático de fácil apertura de las hojas en el sentido de la evacuación incluso en caso de fallo del suministro eléctrico o, alternativamente, de puertas abatibles de apertura manual contiguas a la giratoria.
Las puertas de apertura automática no son válidas para evacuación si no disponen de un sistema que permita abrir la puerta y que impida que se cierre o que permita su fácil apertura manual en caso de fallo del mecanismo de apertura o del suministro de energía.
Si no disponen de este sistema, deberán colocarse puertas abatibles de apertura manual contiguas a la automática.
Fuente: Manual S.E.P.E.I. de Bomberos, Publicaciones de la Diputación de Albacete