Accidentes laborales
Ante un accidente laboral, hay que tener en cuenta que comete delito quien pone en peligro la vida, salud o integridad física de los trabajadores al no facilitarles, cuando está legalmente obligado a hacerlo, los medios de seguridad e higiene a que obligan las normas de prevención de riesgos laborales.
También se considera delito infingir las normas de seguridad establecidas para la apertura de pozos o excavaciones, en la construcción o demolición de edificios, presas, canalizaciones u obras análogas o, en su conservación, acondicionamiento o mantenimiento cuando su inobservancia pueda ocasionar resultados catastróficos, y poner en concreto peligro la vida, la integridad física de las personas o el medio ambiente.
Fuente: Manual S.E.P.E.I. de Bomberos, Publicaciones de la Diputación de Albacete