Impuestos las reglas sobre su no causación
Las reglas sobre su no causación están sujetas a los principios constitucionales de generalidad y equidad tributarias.
Los principios establecidos en los arts. 13, 28 y 31, fracc. IV, de la Constitución federal rigen no sólo tratándose de exenciones de impuestos.
Sino también de los supuestos de no causación de los tributos, dado que la justicia en la imposición sólo puede alcanzarse si el legislador observa los requisitos de generalidad y abstracción.
Así como conserva el esquema de igualdad de las cargas públicas que pesan sobre los particulares, de manera que al crear el supuesto generador de la obligación tributaria no se conduzca con fines discriminatorios, caprichosos y arbitrarios.
Sino conforme a criterios objetivos que sean relevantes y tengan significación frente al objeto y fin de la ley impositiva, lo que se logra cuando el legislador, al considerar el objeto generador de la obligación tributaria.
Declara excluidos de la causación a supuestos en que se desarrollen actividades que estime no convenientes considerar en el nuevo tributo por razones de orden económico, de orden social, de naturaleza política o de orden público.