Definición de derecho laboral
El Trabajo humano en sentido amplio es toda actividad realizada por el hombre, sea a través de esfuerzo físico o intelectual, y dirigida a la producción, modificación o transformación de materias en bienes y servicios.
También conocido como derecho del trabajo, se define bajo un doble punto de vista: el subjetivo y el objetivo.
– En sentido subjetivo: el Derecho Laboral es una disciplina jurídica que tiene como finalidad la tutela de los derechos y deberes de los trabajadores, definiéndolo como la norma que regula la relación del trabajo y funcionamiento de las instituciones que intervienen en este ámbito.
– En sentido objetivo: el Derecho Laboral es el coordinador de la relación entre coordinador y empresario, así como de éstos con los poderes públicos.
El Derecho laboral o Derecho del trabajo es el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan las relaciones entre empleadores, trabajadores, las asociaciones sindicales y el Estado. El Derecho del Trabajo se encarga de normar la actividad humana, lícita, prestada por un trabajador en relación de dependencia a un empleador (persona física o jurídica) a cambio de una contraprestación dineraria.
Trabajador es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal bajo relación de dependencia, a cambio de una remuneración.
El empleador es aquella persona física o jurídica que recibe la contraprestación física o intelectual del trabajador a cambio de una remuneración a su cargo.
El Derecho laboral tiene sus primeras manifestaciones a finales del siglo XIX, con la creación inorgánica de legislaciones sociales en Europa y América. A comienzos del siglo XX, el desarrollo del movimiento sindical, el auge que experimentaron los derechos sociales, la creación de la OIT, y la generalización de formas democráticas de gobierno (voto universal), crearon las condiciones para una nueva institucionalidad de las relaciones laborales que produjo la aparición de un «nuevo derecho», el Derecho laboral, como rama separada del Derecho civil y con principios jurídicos propios y novedosos. El Derecho laboral aparece así ligado a la recién nacida idea de «justicia social», con un carácter fuertemente protector de los derechos de los trabajadores, habitualmente la parte débil de la relación laboral. El Derecho laboral se configurará como el corazón del naciente «Estado de bienestar».
El Derecho Laboral se suele subdividir en Derecho individual del trabajo y Derecho colectivo del trabajo. El primero versa sobre las relaciones laborales entre un empleador y un trabajador, mientras que el segundo se refiere a las condiciones comunes de trabajo (especialmente en lo referente a sindicatos y negociación colectiva).
La principales fuentes del Derecho Laboral son:
- La Ley Laboral, que establece el marco mínimo regulatorio de las relaciones entre el trabajador y el empresario o empleador, así como qué relaciones se consideran laborales y cuales no. Cada Estado fija una norma de cabezera que establece estos parámetros mínimos.
- Los Convenios Colectivos; ya que tienen valor jurídico de ley laboral aplicable par un sector laboral determinado
- El «Contrato de Trabajo», que sienta las bases de la relación trabajador-empleador. Este contrato es especialísimo, sui generis y está regido por el Derecho Laboral en vez del Derecho Civil (como ocurre con el contato de prestación de servicios). El Contrato de Trabajo contiene cuatro elementos principales, siendo ellos las partes (trabajador – empleador), el vínculo de subordinación de parte del trabajador para con el empleador, los servicios personales realizados por el trabajador y la remuneración recibida por el trabajador.
Partes importantes del Derecho Laboral son también el Derecho de la seguridad social, el Derecho procesal laboral, el Derecho sindical.