Compraventa mercantil obligaciones del comprador
a) Pago del precio. La obligación principal del comprador consiste en pagar el precio de la cosa vendida en la forma, plazo y lugar convenidos (Art. 380 Cód. com.).
A falta de convenio, el comprador deberá pagar el precio de contado (Art. 380 Cód. com.), esto es, en el momento en que se entregue la cosa (Art. 2284 Cód. civ.). La demora en el pago del precio obliga al comprador a pagar intereses al tipo legal (6% anual) sobre la cantidad que adeude (Art. 380 Cód. com.).
Si no se ha fijado lugar para el pago, éste deberá hacerse donde se entregue la cosa (Art. 2294 Cód. cív.).
b) Obligación de recibir. Obligación correlativa a la cíe la entrega de la cosa por parte de lvendedor, es la que tiene cl comprador de recibirla.
Dispone el artículo 2292 del Código Civil para el Distrito Federal, que si el comprador se constituyó en mora de recibir, abonará al vendedor el alquiler de las bodegas, graneros o vasijas en que se contenga lo vendido, y el vendedor quedará descargado del cuidado ordinario de conservar la cosa, y solamente será responsable del dolo o de la culpa grave.
Por su parte, el artículo 375 del Código de Comercio establece que si se ha pactado la entrega de la cosa en cantidad y plazo determinados, el comprador no estará obligado a recibirla fuera de ellos. Pero si acepta entregas parciales, quedará consumada la venta en lo que a éstas se refiere.