Antropología jurídica

La antropología jurídica es una disciplina de la antropología cultural o social, afianzada durante el siglo XIX y XX gracias a las investigaciones de importantes juristas y antropólogos como Henry Summer o John MacLennan, que aplicaron los conceptos de la antropología cultural al estudio del derecho.

A pesar de que los conceptos de antropología y derecho pertenecen a dos disciplinas totalmente diferentes, con métodos de investigación y terminologías muy diferenciadas, tienen un fuerte vínculo de interrelación porque son campos de estudio que investigan la convivencia humana y sus correspondientes problemas.

Según Fernando Silva en su obra Introducción a la antropología jurídica, los orígenes de esta disciplina se encuentran en la etnografía y el derecho comparado.

Aplicaciones

La antropología jurídica estudia los sistemas normativos de control social que conforman cualquier sociedad, especialmente el sistema jurídico, así como los objetivos y funciones que tiene el derecho en la satisfacción de las necesidades humanas y sus aspiraciones sociales. Por otro lado uno de sus principales campos de estudio es la investigación del comportamiento humano regulado en una sociedad determinada. Establece principios que expliquen las similitudes y diferencias entre los sistemas normativos de las distintas sociedades humanas, con el objetivo de formular propósitos generales sobre el fenómeno jurídico.

La antropología jurídica tiene la necesidad de comprender tanto la naturaleza del derecho como la naturaleza humana. Teniendo en cuenta que todo derecho se fundamenta en norma, y ésta es formulada y proviene de la naturaleza del hombre, no podemos entender la ciencia jurídica sin la intervención del estudio de la antropología. Es decir, el derecho como ciencia que estudia las normas tiene el objetivo de servir al hombre con el fin de lograr su felicidad, pero para ello requiere la colaboración de otras ciencias como la antropología, sociología, psicología… Dentro del desarrollo del derecho, la antropología jurídica busca la manera de crear normas jurídicas que sean lo más justas y equilibradas posibles.

Según el autor Esteban Krotz, existen tres campos de estudio específicos de la antropología jurídica: el campo del derecho comparado como campo de conflictos y de luchas; el derecho como mecanismo de control social; el campo del derecho y la ideología. Esta división pertenece a la manera en que trabaja la antropología en general: empieza con el estudio de los conflictos y termina con el estudio de la ideología.

El objetivo de la antropología jurídica es encontrar el sistema o los sistemas de orden que pueda haber en las relaciones sociales humanas, hallar las conexiones entre actitudes aparentemente inconexas, formular proposiciones simples que las describan e idear pruebas que verifiquen la validez de tales proposiciones. La primera y fundamental preocupación de la antropología jurídica es alcanzar la objetividad, convirtiéndose en un instrumento jurídico normativo para mejorar la convivencia humana. Charles Louis de Secondat, Señor de la Brède y Barón de Montesquieu, es considerado el más importante precursor de la antropología jurídica, al determinar que las leyes son estrictamente necesarias para establecer la naturaleza de las cosas.

Antecesores

Johann Jakob Bachofen

Historiador del derecho, jurista, antropólogo, sociologo y filósofo suizo (1815-1887), fue profesor de derecho romano en Basilea (1841). Interpretó desde una perspectiva romántica la mitología romana y escribió el estudio histórico-etnológico El matriarcado (1861), obra por el cual se le recuerda. Su obra más conocida es La sociedad primitiva (1877), un estudio de la evolución social.

Federico Engels

Engels (1820-1895) no puede considerarse un etnólogo, pero contribuyó, con gran parte de sus estudios, a abordar uno de los principales problemas de la antropología jurídica: la unión entre el derecho y el Estado. En su última etapa de investigación, Engels introdujo nuevos métodos de análisis del derecho y estudió sus funciones en el sí de una sociedad.

Henry Summer Maine

Historiador inglés del derecho y sociólogo. (1822-1888) Realizó diversos estudios de derecho comparado y tuvo gran influencia en el inicio de la etnología, especialmente en lo referente a la relación entre lazos de sangre y lazos de suelo. Destacan sus obras: Ancient Law (1869), dónde estudió comparadamente los diferentes ordenamientos jurídicos, especialmente el derecho romano con el indiano, en la cual basó la Ley de la evolución histórica del derecho que él formuló; Roman law and legal education (1856) y Lectures on the early history of institutions (1875). Fue uno de los fundadores de la antropología social, campo en el que sus estudios rivalizaron con otro célebre antropólogo, Lewis Henry Morgan. Su gran aportación a la antropología fue su obra Primitive Culture, publicada en 1871, en la que afirma que la sociedad civilizada se ha transformado mediante procesos naturales a partir de sus orígenes. Su visión significó una gran aportación en el estudio de la antropología, y su definición de cultura es la única que la mayoría de antropólogos posteriores aún citan en estudios contemporáneos.

William Graham Summer

Sociólogo y economista (1840-1910), Graham Summer contribuyó enormemente a la antropología jurídica al definir el concepto de etnocentrismo, según el cual un grupo se siente centro de todo y valora cualquier otro grupo en relación a él. Su obra más importante, Folkways. Fundó con Luis María Drago la Sociedad de Antropología Jurídica. Su obra más trascendente fue un estudio sobre los orígenes sociales de su país, titulado El federalismo argentino (1889). Investigó las similitudes y diferencias entre las normas jurídicas y otros tipos de normas, y estableció las uniformidades culturales que influyen en todas las sociedades. Con sus obras aportó grandes avances antropológicos en materia de derecho primitivo, derecho civil y derecho penal.