Evolución de los derechos humanos

Ahora que te has aproximado a los derechos humanos y sus características principales, es importante conocer cómo éste concepto ha evolucionado a través de la historia, situándolo en la ideología de cada época, así como en el tipo de gobierno que regía, además de su gradual incorporación en el cuerpo normativo, lo que permite a todas las personas hacer exigible el respeto de sus derechos fundamentales.

Los derechos humanos están basados en la dignidad del ser humano; por lo tanto, nacen con el hombre y la mujer. Con él y ella también aparece una actitud ética frente a la vida.

En esta primera etapa de la historia del ser humano y hasta el siglo XVII se formulan los principios de convivencia, de justicia, y la idea de la dignidad humana (Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco), pero de una forma no equitativa y parcial.

Entre los siglos XVII y XIX, particularmente en Francia, Inglaterra y Estados Unidos, se empezaron a gestar movimientos sociales cuyo principal argumento es la reivindicación de ideas respecto de los derechos humanos, mediante una vigilancia del espíritu ante las presiones de los poderes establecidos, hábitos mentales, formas de gobierno herederas de órdenes más antiguas. Entre las declaraciones de derechos humanos destacan los siguientes derechos imprescriptibles: la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión.

Francia en el siglo XVIII

  • Se consolidan las monarquías absolutas: hay un afianzamiento de la autoridad real, basada en el poder absoluto.
  • Impera el mercantilismo.
  • Se le denomina el siglo humanista.
  • Inicia la Revolución Francesa (1789 y 1799).

Inglaterra en el siglo XVII

  • Inicia la Guerra Civil (1624-1648).
  • Ejecución de Carlos I (1649).
  • Revolución Gloriosa (1688).
  • Declaración de derechos (1689).

Estados Unidos en el siglo XVIII

Guerra de Independencia de E.U.A. (1776-1783).

Un aspecto importante a destacar es que durante este periodo prevalecía una figura que provocaba el desequilibrio, “la exclusividad de los derechos humanos”, ya que sólo algunos privilegiados gozaban del ejercicio de estos derechos, con lo cual existían abusos en contra de los más débiles (Van Boven, 1982).

Los filósofos de la Ilustración: Jean Jacques Rosseau, John Locke y el barón de Montesquieu, desarrollaron teorías sobre el derecho natural que proviniesen del uso de la razón y elaboraron, basándose en derechos individuales, normas sobre el Estado.

Ejes del pensamiento en la Ilustración

  • Prevalece una explicación científica y racional del universo y la naturaleza.
  • Aumenta el escepticismo religioso.
  • Hay un rechazo a las tradiciones.
  • Persiste un constante enfrentamiento de la ciencia contra la religión.
  • Defiende la libertad del pensamiento en el hombre.
  • Impulsa los derechos y las obligaciones del hombre en la sociedad.
  • Entre los principales antecedentes históricos de los derechos humanos, encontramos los siguientes documentos:
  • Promueve la igualdad y la fraternidad.

Para el siglo XX, al concluir la Segunda Guerra Mundial, se comenzaron a transformar las figuras de los derechos humanos, y se cambió el término de exclusión por inclusión, lo que además fortaleció las figuras de libertad y seguridad; en esta etapa de la historia se gesta el reconocimiento de universalidad de los derechos humanos, que se materializó en diciembre de 1948. Dichas transformaciones hacia la universalidad de los derechos humanos se basan en las siguientes consideraciones:

historia dh

 

Que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana. Que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los  seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias.

Que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión.

Promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones.

Que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad.

Que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre y que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso.

La asamblea general proclama la presente declaración universal de derechos humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

Es importante destacar que en la evolución de los derechos humanos, la filosofía del derecho describe tres momentos históricos en su evolución. Cada uno surge en un momento sin reemplazar a los anteriores; es decir, se agregan nuevos conceptos a las categorías, que las complementan. De esta forma, se encuentran tres generaciones de acuerdo con la Declaración Universal de los Derechos Humanos:

  • Derechos de primera generación: Se establecieron del siglo XVIII a principios del XX. Son los que consideran a la persona como individuo (a) dotado (a) de libertad y autonomía. Dentro de estos derechos, el más importante es el derecho a la vida, lo cual constituye el fundamento básico de la prohibición de las torturas y humillaciones. Entre otros derechos comprendidos en este conjunto figuran: El derecho a la propiedad, al honor, a la libre expresión, a la libertad de conciencia y a la intimidad.
  • Derechos de segunda generación: Desde fines del siglo XIX y hasta mediados del XX se agregó un conjunto de derechos económicos y sociales, que ya no consideran exclusivamente al individuo, sino que lo sitúan en un grupo social determinado, sea por su actividad, o bien por necesidad de protección especial, como la ancianidad, la niñez, el desempleo, etcétera.
  • Derechos de tercera generación: Se refieren a los derechos de solidaridad, reconocidos a partir de la década de 1980. Corresponden a los sujetos colectivos como un pueblo, una nación, una etnia o una comunidad.