El recontra interrogatorio
Concepto
Es el interrogatorio al testigo posterior al re-directo y está limitado a las áreas cubiertas en el re-directo.
En el re-directo se siguen las pautas del contra interrogatorio.
Sólo se realiza cuando es necesario.
Las preguntas están dirigidas a cuestionar la explicación del testigo de la contraparte.
Hay dos formas:
– cuestionando la razonabilidad de la explicación.
– Volver sobre la impugnación original o los datos obtenidos durante el recontra interrogatorio y hacer que el testigo se reafirme.
Si el re-directo es pobre es innecesario el recontra interrogatorio. Ello hay que planteárselo así al juez.
Fuente: Técnicas de litigación oral y aplicación en el proceso penal, autor Christian Salas Beteta.