Las dependencias sociales

El principio fundamental de la sociedad estriba en las dependencias sociales, que a su vez, son efecto de la sociabilidad humana, de lo que se deduce que esas dependencias constituyen asimismo «el primer elemento de la administración«.

El pueblo, que es un agregado de familias, es una expresión de las necesidades colectivas, de las dependencias entre los individuos, de las cuales emana el interés público que se “aproxima, reúne y modifica para formar un todo de la generalidad de los individuos asociados».

Se trata de un hecho natural del que brota, con igual calidad, la administración; «es evidente, la administración nace del instinto de conservación y de la voluntad de mantenerse en comunidad». Son las dependencias, el origen de la sociedad.

«Dependencias sociales son las relaciones que nacen de las necesidades de cada cual, por la ley natural de la sociabilidad: son inherentes a la especie humanacomo consecuencia de la organización física del hombre, y su voluntad puede darles sólo tal o cual dirección». Hay, sin embargo, un proceso acumulativo de las dependencias del cual brotan necesidades de las necesidades, es decir, de las naturales nacen las comunales, que son de la asociación. Estas últimas engendran en sí mismas la «dirección general», movida por el interés público y cuya misión es convertida en una institución reunir las necesidades sociales en un cuerpo y conducir su acción.

Llega el momento en el discurso de Bonnin en que define a la administración como institución, pero tan genéricamente que no se identifica de ningún modo, en su aspecto organizacional, por ejemplo, con uno de los tres poderes del Estado, quedando entonces esa concepción tan amplia como la de la policía: «la administración es esta institución y esta magistratura destinada a dar a todos los ciudadanos una dirección común por medio de la ejecución de las leyes, que como ya he dicho, son la expresión de las necesidades sociales: necesidades y dependencias puestas en común para el orden público y el interés general; esto es lo que puede llamar movimiento en el cuerpo político».

Definida la administración como dirección del Estado, en que se plasma la asociación desde el punto de vista político, sigue entendiéndola en un sentido magno y extensivo, como el de policía, de modo tal que la administración es caracterizada ampliamente como el movimiento del cuerpo político, es decir, debemos insistir nuevamente, la administración pública es una potencia que mueve al Estado; el movimiento es en sí su naturaleza.

Fuente: Apuntes de Gestión púnlica de la Unideg