Los deberes para ser un profesionista competente
Solidaridad Profesional
Solidaridad es un término derivado del Derecho Romano, en el que la “obligación solidaria” (in solidum) indicaba una obligación con pluralidad de sujetos pero con identidad de objeto. Así, varios deudores o acreedores podían tener derecho a una misma prestación pero sobreentendiéndose que cada uno respondía por todos“in solidum”.
Este sentido jurídico perdura aún en los códigos civiles modernos.
El humanismo ha intentado hacer de la solidaridad la virtud fundamental de la vida moral, aun substituyéndola a la justicia y a la caridad.
Entendemos por Solidaridad Profesional la comunidad de intereses entre quienes ejercen una misma profesión, y secundariamente entre todos los profesionistas universitarios. Creemos que esta solidaridad tiene una gran importancia para el provenir de las profesiones y de la sociedad.
En la sociedad moderna las agrupaciones profesionales ya se han convertido en órganos esenciales, que cada día se hacen más necesarios, exigiendo mayor autoridad y autonomía para el desarrollo del bien común. Pero la profesión, en tanto puede desempeñar la función orgánica que le ha asignado la civilización moderna, en cuanto los profesionistas tienen conciencia de que deben ser una institución disciplinada y organizada por el vínculo del deber y, sienten la responsabilidad de ese deber, hasta el punto de convertirlo en virtud.
No es difícil entrever en la actividad profesional todo un estilo de claridad, de serena seguridad, de cortés desenvoltura, de energía generosa, conciencia iluminada, voluntad eficiente y honesta libertad que debe cualificar y caracterizar el grupo constituido en organismo indispensable del bienestar colectivo.
Pero para que todas estas cualidad ejerzan su benéfica acción en el cuerpo social se requiere la unidad corporativa, que debe ser fruto de la organización profesional. Desde el punto de vista institucional, la solidaridad requiere de todos los miembros de una profesión esta unidad y organización, que es condición de eficiencia y bienestar colectivo.
Esta solidaridad nace instintivamente entre las clases humildes; crece tanto más, cuanto es menor el relieve personal y la competencia, y disminuye en la medida en que crecen la competencia y el relieve. Para que esta solidaridad sea una realidad viva y operante en el cuerpo social, es indispensable que entre los profesionistas haya unión, mutua ayuda, estatuto jurídico, jerarquía de los bienes y servicios, responsabilidad y frutos. Para lo cual se necesita que exista en forma permanente:
a) La suficiente personería civil que consagre la derechos de poseer, adquirir, y actuar judicialmente ante los Tribunales en representación de los intereses profesionales, ya sean comunes de la profesión, ya sean de cada uno d e sus miembros.
b) La posibilidad que tiene todos los sindicatos, de socorro mutuo, de retiro o jubilación, de subvencionar cooperativas, de organizar servicios de compras en común, de promover cursos profesionales de perfeccionamiento; siempre que tales iniciativas no se vicien con el fin mercantilista de “realizar ganancias”.
c) La facilidad de cumplir con su misión social, qu ya dijimos es orientadora, educadora, organizadora y constructora del porvenir.
Reducir institucionalmente la solidaridad a las puras dimensiones de los interese económicos de la profesión, es vaciarla de su contenido social y ético, y comprometerla con todos los peligros que nacen de la misma naturaleza humana. (Menéndez Aquiles, Ética Profesional, pp 128-130)
Surge aquí toda una problemática entrañable que, allende la claridad de ideas, exige la abnegación del ideal; y que además de la ciencia, postula la conciencia. Y es precisamente de un rector universitario la afirmación de que “el mundo actual está lleno de principios y de verdades indiscutibles, que se nos malogran y pudren por falta de amor”.
Sólo la solidaridad cultivada como virtud, puede asegurar:
a) La justicia. El crédito de la profesión y el interés personal exigen que el profesionista se abstenga de dañar la reputación de los colegas con calumnias, manifestando sus defectos o errores, o rebajando sus méritos, aunque sea únicamente con dudas insidiosas.
b) La caridad. La solidaridad n o se reduce a no perjudicar a los demás. Comprende principalmente una actividad y un afecto propenso a evitar el mal y procurar el bien.
c) La cortesía. Hay una cortesía impuesta por la ley natural (el saludo, el respeto y caballerosidad que impone la diferencia de sexo entre colegas).
(Menéndez Aquiles, Ética Profesional, pp 130-131)
No es lo mismo ingresar en el mundo que ingresar en la vida. Cuando aparecemos sobre la Tierra somos incapaces de dirigirnos; y sólo lenta y progresivamente vamos alcanzando las auténticas dimensiones de la conciencia y de la libertad, y aún entonces, debemos reconocer la necesidad de ser conducidos, que subsiste en distintos grados y terrenos durante toda la vida.
Cuando el hombre comienza a hacerse responsable, tropieza con la dificultad de discernir con claridad la dosis de sumisión e independiente a firmación de sí mismo que debe normar sus decisiones frente al general conformismo o inercia impuesta por el medio social y la autoridad.
Pero en todas las almas, y particularmente en el alma de un verdadero universitario, queda siempre un margen de autonomía intangible eirreductible, por la cual todos somos responsables de nuestra obediencia y de nuestras rebeldías, por más que busquemos un sabio o una autoridad a quien transferir son reservas y con absoluta confianza nuestra decisión. Y la razón es que todos los hombres se pueden equivocar, y que ese sabio absoluto y esa autoridad no existen.
La palabra responsabilidad suele ser sinónimo de “conciencia” o de “imputabilidad”. Sin embargo, la primera acepción es la auténtica; esto es: “ la obligación de rendir cuenta de los propios actos”, lo que comporta un deber.
La imputabilidad es la simple atribución de un acto a un sujeto determinado. De tal manera, podemos afirmar que la imputabilidad es la reacción social o jurídica ante el deber de conciencia, la imputabilidad es justa y razonable. Si no existe, la imputabilidad es improcedente.
Por eso la responsabilidad como imputabilidad de una acción puede ser definida como “la posibilidad de que uno puede ser declarado autor libre de esta acción y sus consecuencias, y que se le puede pedir cuenta”.
La responsabilidad como deber, es la obligación de responder de los propios actos delante del tribunal competente. Cuando el tribunal es dios o la propia conciencia, tenemos la responsabilidad moral. Cuando el tribunal es el Poder Público tenemos la responsabilidad legal; que a su vez es civil o penal, según, se trate de responder de los actos comunes del ciudadano, o del daño inferido que requiere indemnización o pena por la violación de las leyes.
Para la verdadera responsabilidad y para la justa imputación de una acción mala se requiere:
a) Que al menos confusamente se haya previsto el efecto. (Así al que desconoce el vino, no se le puede imputar la embriaguez).
b) Que sea posible no poner la causa o, al menos, volverla ineficaz (verbigracia: cuando se tiene el hábito de maldecir, las pocas maldiciones que se escapan no son imputables).
c) Que se esté obligado a no poner la causa para evitar as malas consecuencias.
Donde se cumplen estas condiciones, hay responsabilidad de conciencia, aunque casualmente no se siga el efecto.
Y ya sabemos que los factores que influencian el conocimiento y la libre voluntad, no los obstáculos que alteran los actos humanos y la responsabilidad; aunque a veces no sea fácil discernirlos ni juzgarlos. Tales son: la ignorancia, violencia, miedo, pasión, antecedente, hábito y enfermedades mentales. También suponemos que nuestros lectores saben distinguir entre los actos voluntarios perfectos e imperfectos, actuales y virtuales, directos e indirectos.
Fuente: Apuntes de Ética profesional de la Unideg