La educación en tanto que derecho humano
La educación goza oficialmente de la condición de derecho humano desde que se adoptó la Declaración Universal de Derechos Humanos en 1948. Desde entonces, se ha reafirmado en numerosos tratados mundiales de derechos humanos, comprendidos la Convención de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura(UNESCO) relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza (1960), el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966) y la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1981).
Estos tratados establecen el derecho de todos los niños a la enseñanza primaria gratuita y obligatoria; la obligación de desarrollar la enseñanza secundaria, respaldada por medidas que la hagan accesible a todos los niños, y el acceso equitativo a la enseñanza superior, mas la responsabilidad de proporcionar una instrucción básica a las personas que no hubieren completado la enseñanza primaria.
Además, afirman que la finalidad de la educación es promover la realización personal, robustecer el respeto de los derechos humanos y las libertades, habilitar a las personas para que participen eficazmente en una sociedad libre y promover el entendimiento, la amistad y la tolerancia.
Desde hace largo tiempo se reconoce que el derecho a la educación no sÛlo abarca el acceso a la enseñanza, sino además la obligación de eliminar la discriminación en todos los planos del sistema educativo, establecer unas normas mínimas y mejorar la calidad.
Además, la educación es necesaria para el cumplimiento de cualesquiera otros derechos civiles, políticos, económicos o sociales. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (1989) refuerza y amplía todavía más el concepto del derecho a la educación, en particular mediante la obligación de tener en cuenta en su aplicación los cuatro principios fundamentales de la Convención.
– La no discriminación;
– el interés superior del niño;
– el derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo del niño en el mayor grado posible;
– y el derecho del niño a expresar sus opiniones acerca de todas las cuestiones que le afectan y a que se de la debida importancia a sus opiniones en función de su edad y madurez. Fuente: Libro de Un enfoque de la educación para todos basado en los derechos humanos de la UNESCO