El respeto de la identidad educativa

La Convención de la UNESCO relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza (1960) protege los derechos educativos de las minorías nacionales.

En función de la política educativa de cada Estado, sienta el derecho a utilizar el idioma propio o a recibir la enseñanza en Él, siempre y cuando ello no dé lugar a que los miembros de las minorías queden excluidos de la comprensión del idioma y la cultura del conjunto de la comunidad y la enseñanza no se imparta con una calidad inferior
a la general.

La convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales (2005) instaura obligaciones en lo tocante a respetar la diversidad cultural, entre otros medios por conducto de los programas de educación.

Además, el artículo 30 de la convención sobre los Derechos del niño subraya el derecho de los niños a tener su propia vida cultural, profesar y practicar su propia religión y emplear su propio idioma. La legislación internacional de derechos humanos también obliga a los Estados a respetar la libertad de los progenitores a decidir el tipo de educación que desean para sus hijos.

Los gobiernos tienen derecho a determinar qué religión se debe enseñar en las escuelas, en caso de que se enseñe alguna, y el idioma vehicular de la instrucción escolar. Por último, la convención sobre los Derechos del niño, al reconocer el derecho de los niños a expresar sus opiniones acerca de todas las cuestiones que les afectan y a que se tomen debidamente en cuenta esas opiniones, introduce una nueva dimensión en la cuestión de la elección y la libertad en la prestación de la enseñanza.

No existe una solución sencilla a esas tensiones, ni un solo enfoque correcto. Ahora, sea cual fuere el enfoque que se adopte, los gobiernos tienen obligaciones en lo referente a asegurar que los niños no sean objeto de discriminación, que se respeten su cultura y su religión y que se haga todo lo necesario para impedir que hablar un idioma minoritario entre exclusión social y desventajas en la educación.

Al determinar el sistema más apropiado para implantar el respeto de la identidad, el enfoque basado en los derechos humanos exige que se consulte a los niños, las familias y las comunidades y que todos ellos participen. Y, de no cumplirse las correspondientes obligaciones, deben existir mecanismos para cuestionar a los establecimientos escolares, a las autoridades del sistema educativo y al gobierno. Fuente: Libro de Un enfoque de la educación para todos basado en los derechos humanos de la UNESCO