Generalidades de los impuestos
Impuestos, desproporcionalidad y falta de los deben probarse
Si de autos no aparece probado fehacientemente que el impuesto que se impugna es desproporcionado e inequitativo y, por ello, ruinoso, no basta el simple dicho del causante en tal sentido.
Impuestos, aumento considerable en el monto de los. No demuestro necesariamente que sean desproporcionados e inequitativos.
Si bien es cierto que de conformidad con lo establecido por el art. 31, fracc. IV de la Constitución, las contribuciones deben reunir los requisitos de proporcionalidad y equidad.
Sin embargo no se puede estimar que el aumento considerable en el monto de un presupuesto demuestre que se esté en presencia de un impuesto desproporcionado e inequitativo, pues en la determinación del mismo son múltiples los factores que se deben tener en cuenta.
Como la capacidad contributiva, las necesidades colectivas que deben satisfacerse, la redistribución de la riqueza, etc., por lo que e l que un impuesto sea elevado, incluso considerablemente, de un año a otro no significa necesariamente que se incurra en violación al art. 31, fracc. IV, de la Constitución.