Representación y votación en el marco de la Junta de la AGPA
En la mayor parte de las AGPA, las decisiones de la Junta se toman por consenso y no se permite a ningún grupo individual adoptar una postura de predominio.
Los/Las representantes de los grupos en el seno de la Junta tienen solamente un voto cada uno, independientemente del tamaño o la importancia del grupo. Se trata del principio resumido en el lema “un grupo, un voto”.
A la hora de crear una AGPA es aconsejable vincular el derecho de voto con el pago regular de las cuotas de asociación y los cargos por servicios. En otras palabras, si un grupo no paga pierde el dere-cho de voto.
En las AGPA que funcionan bien, los grupos asociados aprenden a repartir en igual medida los costos de las actividades colectivas. En el ámbito de la AGPA no hay lugar para los aprovechadores.
A medida que las actividades de la asociación se amplíen, es posible que uno de los/las representantes de los grupos en el ámbito de la Junta vaya haciéndose cargo en medida creciente de las tareas diarias de gestión de la AGPA y tenga menos tiempo para dedicarse a sus propias tareas dentro del grupo. En este caso, el grupo podrá elegir a un /a Presidente/a sustituto/a.
Fuente: Guía para el desarrollo de asociaciones intergrupales de la FAO