La ética del secreto profesional
La ética del secreto profesional tiene más ventajas para todos en la medida en que el profesionista desecha la preocupación jurídica y acepta la responsabilidad moral en toda su amplitud, como una prerrogativa universitaria y profesional.
a) En primer lugar, no restringe el secreto profesional a la actuación oficial del profesionista en funciones, que tiene derecho a que se le entregue el secreto como condición indispensable del servicio. (lo que constituye la materia estricta del tradicional secreto profesional, que se conoce por razón del ejercicio de la profesión).
b) Es evidente para una conciencia seria que, con ocasión de sus servicios se tiene oportunidad de conocer secretos naturales mucho más importantes y más celosamente custodiados que lo que se confían a título de consulta o actuación profesional.
c) La organización moderna de algunas instituciones (colegios, instituciones de carácter asistencial, seguros o beneficencias, que registran las más diversasinformaciones en fichas personales) contienen frecuentemente revelaciones confidenciales exigidas u obtenidas hábilmente de la ingenuidad de personas humanas.
En la medida que esas informaciones se recaban arbitrariamente y sin justo motivo, tanto más grave es la obligación del sigilo profesional; no sólo en lo que atañe a su discreción personal, sino también en todo lo relacionado con laconservación y custodia de tales informes.
d) Cualquier secreto infundido por un profesionista que goza de la amistad o confianza del cliente se trunca en la materia más apta para la publicidad y el escándalo, puesto que automáticamente gravitan encontra del cliente la discreción, conocimientos y veracidad que se supone informa la conciencia profesional.
e) Siendo la revelación una aportación indebida de conocimientos secretos, todos los profesionistas que fungen como “inspectores” o “peritos” deben mantener el secreto más riguroso para con todo el público, ya que el secreto profesionalsólo les autoriza la manifestación de la verdad a las personas o enti dades que les encomendaron dichas funciones, teniendo buen cuidado de la justicia y de la caridad que jamás deben ser lesionadas.
f) Jamás debe olvidarse que especialmente es objeto de secreto profesional todo lo relacionado con las personas de los clientes y respectivos familiares.
g) Aunque efectivamente eso no llegara a causarles mayor perjuicio, psicológicamente suele ser lo que produce mayor desagrado racional; aunque se trate de personas ya fallecidas, que nunca deben mencionarse.
h) Nunca será violación del secreto el manifestarlo a un colega o persona prudente, para pedir consejo; en el entendido que la persona consultada queda ligada (por lo menos) con la misma obligación de guardar el secreto que el consultante.
i) Por último, aunque la insignificancia de la materia, o la autorización del interesado permitan la divulgación del secreto, será norma invariable de todo profesionista “callar discreta y sistemáticamente” siguiendo la regla de ética profesional, que es más severa que el derecho, pero que tampoco expone a ningún error, como puede ocurrir con las normas jurídicas por su necesario esquematismo.
Fuente: Pensamiento líquido por Damian Hughes