Código de comercio
– Ley General de Sociedades (Ley Nro. 26887 modificada por Ley Nro. 26931)
– Régimen para la empresa individual de Responsabili-dad Limitada
– Ley General del a Pequeña y Microempresa (Ley Nro. 27268 del 27.05.2000)
En el Perú la empresa debe tener un número de RUC o estar registrada en Padrones de la Superintendencia de Administración Tributaria (SUNAT) y contar con su respectiva Licencia Municipal de Funcionamiento y otros permisos, con los cuales se podra formalizar la empresa, emitir boletas y facturas, y brindar mayor seguridad al consumidor.
Para constituir una empresa se debe realizar lo siguiente:
1. Elaboración de la minuta (en ella se describe el objetivo de la empresa, la identidad de los socios, los estatutos, el capital, el directorio, entre otros. La minuta debe ser firmada por un abogado y por los participantes del contrato social
2. Elevación a Escritura pública (la minuta se entrega a un notario, el cual luego de copiarla como texto y efectuar los respectivos agregados procede a inscribirla en registros públicos.
3. El notario entrega al representante legal la escritura pública de constitución.
Posteriormente, se realizan los trámites en la Sunat, para tramitar el número de RUC y poder emitir boletas y facturas, para luego obtener la licencia municipal de funciona-miento en el distrito donde se ubique el taller.
Fuente: Organización y Gestión/ En: Procesamiento de alimentos para pequeñas y microempresas agroindustriales/ Unión Europea, CIED, EDAC, CEPCO.