Programa de importación temporal para servicios integrados a la exportación beneficios y compromisos

Beneficios:

El programa brinda a sus titulares la posibilidad de importar temporalmente, es decir, libre del pago del Impuesto General de Importación, del Impuesto al Valor Agregado y, en su caso, de las cuotas compensatorias, lo siguiente:

• Maquinaria, instrumentos y equipo para el manejo de mercancías, y

• Aparatos, equipos de investigación, seguridad industrial, control de calidad e informática.

El valor de estas importaciones no deberá exceder del monto del capital social pagado de la empresa que suscribe el programa.

Asimismo podrán solicitar modificaciones, con el fin de incorporar mercancías de importación no previstas originalmente.

Compromisos:

A fin de gozar de los beneficios del programa, el titular deberá facturar un mínimo del 50% de sus ingresos anuales a empresas inscritas en el Registro Nacional de la Industria Maquiladora, a empresas con Programa de Importación Temporal para Producir Artículos de Exportación, a Empresas de Comercio Exterior, así como a residentes en el extranjero. Adicionalmente deberán presentar copia de la declaración anual de impuestos del ejercicio fiscal anterior.

Vigencia:

La vigencia del programa se otorga conforme a los compromisos contraídos por México en acuerdos y tratados internacionales y estará sujeta al cumplimiento de lo establecido en el Decreto.

Reportes:

Los titulares del programa están obligados a presentar, a más tardar el último día hábil del mes de julio y enero, un reporte semestral de las operaciones de servicios integrados a la exportación, en medios magnéticos, ante la SECOFI y copia a la Administración Local de Auditoría Fiscal de la SHCP que le corresponda.

Trámites:

Los trámites relativos a este programa son gratuito s y pueden ser realizados en las ventanillas de atención al público de la Dirección General de Servicios al Comercio Exterior de la SECOFI.

Fuente: Apuntes de Legislación de la Unideg