Artículos transitorios
• El reglamento entra en vigor el 1 de julio de 1997.
• Se abroga el reglamento para el seguro social obligatorio para los trabajadores del campo de 1960.
• Excepción: se continúa aplicando para trabajadores eventuales hasta el 30 de junio de 1998.
• Los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios que hayan sido objeto de aseguramiento por decreto del ejecutivo federal, y los productores de caña de azúcar y sus productores,
• Conservan sus derechos adquiridos hasta vencimiento del periodo de aseguramiento.
• 30 días antes de dicho vencimiento deberán elegir entre incorporaciones voluntaria al régimen obligatorio o continuación voluntaria o continuación voluntaria en el régimen obligatorio.
• Los límites de cotización serán los establecidos en la nueva ley federal del seguro social.
Fuente: Apuntes de Legislación de la Unideg