Sujetos excluidos de aseguramiento

Sujetos excluidos de aseguramiento. (Artículo 28-31)

• Quienes presenten una enfermedad preexistente grave.

• Quienes presenten adicciones como alcoholismo y otras toxicomanías, trastornos mentales como psicosis y demencia, enfermedades congénitas y SIDA.

• Quienes presenten secuelas de lesiones músculo esqueléticas o neurológicas de origen traumático que ameriten tratamiento.

• Esto no es aplicable para quien solicito su aseguramiento dentro de los 12 meses siguientes a su baja en el régimen obligatorio, en el que cotizó 52 semanas previas a la baja.

Fuente: Apuntes de Legislación de la Unideg