Periodo de aseguramiento y pago de cuotas
Periodo de aseguramiento y pago de cuotas. (Artículo 26)
• Periodo de aseguramiento: nunca inferior a doce meses.
• Periodo de pago de cuotas:
• Por anualidad adelantada en el mes de la inscripción o renovación.
• Por una sola vez se puede autorizar el hasta tres parcialidades.
• Las parcialidades generan intereses desde que debió efectuar el pago anual hasta que se realice su pago, de acuerdo con C.F.F., debiendo pagarse los primeros 17 días del mes convenido.
• Si no se cubre una parcialidad se suspenden prestaciones.
Obligaciones de someterse a exámenes y estudios. (Artículo 27)
• Sujetos de aseguramiento y beneficiarios deben someterse a exámenes y estudios.
• Previamente al aseguramiento deben llenar un cuestionario médico (en caso de menores, el cuestionario lo llena y lo firma el asegurado).
Fuente: Apuntes de Legislación de la Unideg