Clases de salarios mínimos
Los salarios mínimos pueden ser generales o profesionales; los generales pueden ser para una o varias zonas económicas, que pueden abarcar una, dos y en algunos casos más Entidades Federativas.
Por su parte los profesionales pueden establecerse para una rama determinada de la industria, por ejemplo, para la industria automotriz o del comercio o bien para profesiones, oficios o trabajos especiales, dentro de una o varias zonas económicas.
Conviene destacar que los salarios mínimos generales se aplicarán a todos los trabajadores de la zona o zonas tomadas en consideración, independientemente de las ramas de la industria, del comercio, profesiones, oficios o trabajos especiales.
Por su parte, los trabajadores del campo, dentro de los lineamientos señalados en el artículo 90, disfrutarán de un salario mínimo adecuado a sus necesidades.
Las comisiones regionales tendrán a su cargo fijar los salarios mínimos, los cuales serán sometidos para ratificación o modificación a la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos.
Tanto las comisiones regionales como la Comisión Nacional fijarán los salarios mínimos profesionales.
Los salarios mínimos profesionales regirán para todos los trabajadores de la rama de la industria o del comercio, de la profesión, oficio o trabajo especial considerado, dentro de una o varias zonas económicas.
Fuente: Apuntes de Legislación de la Unideg