Plazo de pago del trabajo
Plazo de pago. El artículo 88 de nuestra Ley Federal del Trabajo destaca que:
Los plazos para el pago del salario nunca podrán ser mayores de una semana para las personas que desempeñen un trabajo material y de quince días para los demás trabajadores.
Tal precepto resulta razonable, si consideramos que el salario es el ingreso principal o único de que dispone el trabajador. Por lo anterior, considerando que los trabajadores intelectuales ganan o suelen ganar más que los primeros, nuestra legislación acepta el pago quincenal de éstos.
Otra excepción son los domésticos, que suelen recibir su salario mensualmente, salvo que en este caso el patrón suministra a esta habitación y alimentos.
En el caso de los trabajadores y de los domésticos, el plazo del pago puede ser semanal, previo acuerdo de patrones y trabajadores.
Fuente: Apuntes de Legislación de la Unideg