Elementos integrantes del salario
Un aspecto importante en materia de salario es la distinción entre los elementos que integran el salario, es decir, que éste está constituido no sólo por la suma percibida en dinero, sino por el percibido en especie, que se hace efectivo en bienes o servicios evaluables en dinero; por ejemplo, la casa-habitación o el combustible, así como las horas extras y cualquiera otra prestación en efectivo o en especie que se otorgue al trabajador, constituyen también parte del salario del mismo.
Por lo anterior, el artículo 84 establece que: El salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo..
En otro artículo (85) queda entendido que el salario debe ser remunerador y nunca menor al fijado como mínimo de acuerdo con las disposiciones de esta ley. Para fijar el importe del salario se tomarán en consideración la cantidad y calidad del trabajo.
En el salario por unidad de obra, la retribución que se pague será tal, que para un trabajo normal, en una jornada de ocho horas, dé por resultado el monto del salario mínimo, por lo menos.
Ahora bien, el principio de que a trabajo igual, desempeñado en puesto. Jornada y condiciones de eficiencia también iguales, debe corresponder salario igual (Art. 86), fue establecido en 1917, en la fracción VII del artículo 123 constitucional, como se puede comprobar en el apéndice A de esta obra; resulta sorprendente que en Francia no haya sido sino hasta 1950 cuando se incorporó este principio al artículo 91 del Código del Trabajo.
Fuente: Apuntes de Legislación de la Unideg