Enunciar los criterios de la evaluación

En el marco de la evaluación pedagógica, es necesario distinguir diversos tipos distintos de criterios. Los criterios de corrección, que permiten al corrector saber lo que debe buscar en la respuesta y discernir entre lo que considera adecuado y lo que no. Entre estos criterios cabe distinguir los criterios mínimos y los criterios de perfeccionamiento.

Los primeros definen lo que debe estrictamente ser realizado si no se quiere comprometer la continuación del aprendizaje o la entrada en un ciclo de estudios ulteriores, según los casos.

Los segundos permiten situar la ejecución del sujeto entre el aprendizaje mínimo y el aprendizaje total o máximo; intentan tener en cuenta los recursos individuales del sujeto.
Junto a los criterios de corrección, se puede fijar los criterios de eficacia de la acción pedagógica. Estos criterios pueden ser individuales o colectivos.

La determinación de los criterios plantea muy a menudo problemas difíciles y está ligada a la validez y a la fiabilidad de la evaluación. La evaluación será válida si lo que se ha evaluado corresponde a lo que se quería evaluar. La evaluación es más fiable cuando se reduce la variabilidad intra e interindividual. Recordemos las investigaciones de Piéron (1963) que mostró las divergencias, a veces enormes, entre correctores distintos o entre las correcciones de un mismo evaluador con un intervalo de tiempo determinado. Teniendo en cuenta este problema, y sobre todo en los casos difíciles, se intentará comunicar los criterios de evaluación y, en la medida de lo posible, se establecerá un acuerdo entre las personas implicadas.

Fuente: Observar para Educar – Observación y evaluación en la práctica educativa, Jean-Marie De Ketele