El Estado mínimo
Robert Nozick recurre a la teoría del estado de naturaleza, que se inspira en la teoría de Locke.
En la teoría del estado de naturaleza, este pensador considera que:
– Los individuos disfrutan de una plena autonomía de su voluntad, con los únicos límites impuestos por el derecho natural, que exigen que nadie pueda dañar al otro en su vida, salud, libertad y propiedad.
– Los individuos pueden infligir un castigo proporcional a la trasgresión, es decir, lo justo para reparar y reprimir. No obstante, esto puede llevar al predominio de los más fuertes.
– Ante la situación amenazante los individuos tenderían a agruparse en «asociaciones de protección mutua»,
Según Nozick:
– Estas asociaciones les permitirían mejorar sus circunstancias al evitar, por ejemplo, reclamos injustos. Sin embargo, debido a la ley del mercado, llegarán a existir agencias monopolizadoras que no serán aún Estado.
Estas agencias se constituirán como un estado intermedio que el autor denomina «Estado ultramínimo». El Estado ultramínimo es, así pues, el que tiene el monopolio de la fuerza física, pero no está en condiciones de castigar a otras agencias de protección. En cualquier caso, en este tipo de Estado no hay una justicia distributiva.
Nozick en su idea expresada en el «Estado mínimo» afirma:
– El paso del Estado ultramínimo al mínimo se produce cuando los clientes de la agencia de protección dominante tienen la obligación de aplicar el principio de compensación.
– El principio de compensación consiste en indemnizar a los independientes no asociados a la agencia para compensarles por las desventajas que supone la prohibición de sus procedimientos de justicia. Esta prohibición se establece con el fin de dar seguridad a los demás.
Por consiguiente, son los operadores y miembros de la agencia de protección dominante los que tienen la obligación moral de convertir al Estado ultramínimo en Estado mínimo.
– El Estado mínimo se limita a las funciones imprescindibles de protección contra la fuerza, el robo, el fraude, el incumplimiento de los contratos, etc. Este estado liberal defiende el derecho de propiedad como algo absoluto.
Excluye, por tanto, cualquier intervención e interferencia en los derechos individuales. En resumen, el Estado sólo tiene una función coercitiva que se limita a hacer respetar esos derechos.