Plebiscito

Es el pronunciamiento del pueblo convocado por el Presidente de la República, mediante el cual apoya o rechaza una determinada decisión del ejecutivo.

¿Qué conceptos se requieren? Cuando dentro del mes siguiente a la fecha en que el Presidente haya informado sobre su intención de realizar un plebiscito, ninguna de las dos Cámaras haya manifestado su rechazo, el Presidente podrá convocarlo.

¿Cómo se aprueba un plebiscito? El pueblo decidirá por la mayoría del censo electoral.

Fuente: Desarrollo comunitario de Reinaldo Cadavid Restrepo, Fundación Universitaria Luis amigo