Plebiscito
Es el pronunciamiento del pueblo convocado por el Presidente de la República, mediante el cual apoya o rechaza una determinada decisión del ejecutivo.
– ¿Qué conceptos se requieren? Cuando dentro del mes siguiente a la fecha en que el Presidente haya informado sobre su intención de realizar un plebiscito, ninguna de las dos Cámaras haya manifestado su rechazo, el Presidente podrá convocarlo.
– ¿Cómo se aprueba un plebiscito? El pueblo decidirá por la mayoría del censo electoral.
Fuente: Desarrollo comunitario de Reinaldo Cadavid Restrepo, Fundación Universitaria Luis amigo