Contrato colectivo del trabajo generalidades, definición y contenido
El contrato colectivo de trabajo, como afirma Cavazos Flores, ni es contrato, ni es colectivo. En todo contrato se requiere el acuerdo de voluntades entre las partes contratantes. El contrato colectivo se puede otorgar aun en contra de lavoluntad del patrón.
El término colectivo se presta a confusiones, «pues colectivo para los efectos de esta Institución, no quiere decir número, sino interés profesional, toda vez que mil trabajadores no sindicalizados no pueden solicitar ni firmar dicho contrato y en cambio dos trabajadores pertenecientes a una agrupación sindical sí pueden hacerlo, ya que el único titular de dicho contrato es el sindicato de trabajadores,» expone el doctor Cavazos.
El Art. 386 de la Ley Federal del Trabajo define el Contrato Colectivo de Trabajo como el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos y uno o varios patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos.
El contrato colectivo de trabajo es un elemento de equilibrio entre los intereses del capital y del trabajo, siendo obligatorio su cumplimiento para la empresa, para el sindicato contratante y para sus trabajadores agremiados: Como tal, constituye la Ley dentro de la empresa, y su violación llevará a las partes contratantes al conflicto.
Envoltura
En la envoltura se contempla el nacimiento, duración, revisión y terminación del contrato colectivo.
En cuanto al nacimiento del contrato colectivo, el Art. 387 de la LFT establece que el patrón que emplee trabajadores miembros de un sindicato tendrá obligación de celebrar con éste contrato colectivo. Si el patrón se niega a firmar el contrato, podrán los trabajadores ejercitar el derecho de huelga consignado en elArtículo 450.
En relación a la duración del contrato colectivo, e l Artículo 397 de la LFT menciona que éste puede ser por tiempo determinado o indefinido para obra determinada.
Los Artículos 399 y 399 bis, hablan sobre la revisión. Se establece que la solicitud de revisión deberá hacerse, por lo menos, 60 días antes:
I. De su vencimiento cuando el contrato es por tiempo determinado y éste es menor de dos años.
II. De los dos años cuando, siendo el contrato por tiempo determinado, tiene una duración mayor a este lapso.
III. De los dos años cuando el contrato es por tiempo indeterminado o por obra determinada.
Asimismo, en lo que se refiere a la revisión de los salarios en efectivo por cuota diaria (tabuladores), se establece que la solicitud de revisión se hará por lo menos 30 días antes del cumplimiento de un año transcurrido desde la celebración, revisión o prórroga del contrato colectivo.
El contrato colectivo termina (Art. 401):
I. Por mutuo consentimiento.
II. Por terminación de la obra.
III. En los casos de cierre de la empresa o establecimiento, siempre que el contrato colectivo se aplique exclusivamente en el establecimiento.
La envoltura debe de existir en todo contrato colectivo. Sin embargo, «puede no constar expresamente, pero entonces, se aplicarán las normas legales, esto es, el contrato colectivo quedará integrado por los mandatos de la ley,» dice » Mario de la Cueva en Derecho Mexicano del Trabajo.
El contrato colectivo produce efectos legales a partir de su depósito ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, cuyo Artículo 397 establece la duración del mismo, en caso de que esto no se mencione en el contrato. Sin embargo, el nombre de las empresas en que tendrá vigencia deberá mencionarse en el cuerpo del contrato.
Elemento normativo
El elemento normativo o núcleo contiene las condiciones individuales y colectivas para la prestación de los servicios. Esto quiere decir el monto de los salarios, la jornada de trabajo, los descansos y vacaciones y todas las demás estipulaciones que voluntariamente, o según lo establezca la ley, acuerden empresa y sindicato.
Obviamente aquí se incluyen todas las disposiciones referentes a las condiciones de trabajo y prestaciones.
Por considerarla de gran utilidad en el análisis y estudio del contrato colectivo y como una ayuda en la preparación de la negociación colectiva, se incluye una lista de los principales puntos que contienen los contratos colectivos. Es una adaptación al medio mexicano de la idea de Reynold O. Tjenswold y Hans A. Feldman, en su libro Understanding Collective Bargaining.