Características de la comisión
Como habrá podido apreciarse, nuestro contrato no ofrece una caracterización única, puesto que algunos de sus atributos pueden adoptar una u otra forma; helos aquí, de modo resumido:
a) consensual, si bien requiere la ratificación escrita antes de que concluya el negocio;
b) típico y nominado, ya que bajo el nombre con el que se le conoce queda regulado en la ley mercantil;
c) bilateral, por cuanto hace surgir obligaciones y derechos de ambas partes;
ch) oneroso o gratuito, posibilidad esta última que requiere pacto expreso;
d) conmutativo o aleatorio, en razón de que no siempre es posible prever los resultados económicos para los otorgantes;
e) de tracto sucesivo o instantáneo, lo que depende del número y naturaleza de las operaciones para las que se confiera.