Dieta basal
La dieta puede recibir distintos denominaciones, como basal, general, estándar u ordinaria. Debe asegurar las necesidades nutricionales completas del paciente y está indicada para aquellos cuyo estado o patología no requiera una dieta terapéutica.
Deben por tanto ajustarse a las recomendaciones energéticas y nutricionales en general que marca el Instituto de Nutrición para la población española y/o ajustarse a las normas que rigen el equilibrio alimentario, aportando aproximadamente, entre un 10-15 % de proteínas, de un 30-35 % de grasas (1/3 grasa saturada, 1/3 grasa monoinsaturada y 1/3 grasa poliinsaturada y <300 mg de colesterol) y entre un 50-60 % de carbohidratos, del suministro energético total o, traducido en alimentos, según recogen los objetivos nutricionales para la población española, incluir diariamente:
2-3 Raciones de leche o derivados.
2 Raciones de carne o equivalentes.
4-6 Raciones de farináceas (pan, cereales, legumbres y tubérculos).
2-4 Raciones de verduras y hortalizas.
2-3 Raciones de frutas.
60 g de aceite.
No tiene limitaciones en cuanto a técnicas culinarias, salvo las propias de tener que elaborar muchos platos.
Esta dieta también puede ofrecerse sin sal a aquellos pacientes que tengan esta restricción dietética. En su variante sin azucares solubles, por el reparto de principios inmediatos, es apta para pacientes diabéticos que no precisen una restricción dietética especifica.
Fuente: Manual básico de nutrición clínica y dietética Hospital Clínico Universitario de Valencia.