Los servicios
Dentro de los bienes de una persona están los servicios informáticos que son aquellos que sirven de apoyo y complemento a la actividad informática en una relación directa con ella. Todo esto como asistencia técnica, reparación de máquinas, asistencia a programas informáticos y diseño particular para ciertas operaciones, etc.
La contratación informática gira sobre bienes y servicios informáticos y que las partes contratantes fijan como contraprestaciones, en un convenio o contrato informático, firmado y por escrito, como formalidad material para cumplirlo o llevarlo ante un juez.
El usuario debe tener la capacidad y poder manejar la información que se le presta por medio de servicios de cómputo, para tener resultados satisfactorios o pedir apoyo de la contraparte que le proporciona los servicios de hardware o software, dentro de un contrato de prestación de servicios informáticos, conforme a lo dispuesto por el artículo 2606 del Código Civil para el DF que dice: “El que presta y el que recibe los servicios profesionales puede fijar, de común acuerdo, retribución debida por ellos”.
Lo anterior es con el fin de que el usuario que paga por los servicios profesionales de cómputo o informáticos exija el auxilio de ayuda técnica para operar y disfrutar plenamente los servicios profesionales contratados. Es decir, en toda prestación de servicios, genera los contratos de Locación, contratos de horas-máquina, contratos de mantenimiento, contrato de prestación de servicios y suministros como registro de información, abastecimiento de equipo y refacciones, recibiendo apoyo el usuario para que pueda por sí solo operar el equipo o programas.
Fuente: Apuntes de Derecho informático de la FCA de la UNAM