Contrato de adhesión

En el derecho mexicano mercantil se pusieron de moda los contratos de adhesión, donde el comerciante obliga al usuario o comprador a adherirse a un formato o machote que tiene previamente escrito y normalmente a su favor y que se debe firmar o no le venden o no le prestan el servicio a contratar. Aquí en México la Procuraduría de Protección al Consumidor los vigila y revisa en favor del usuario o comprador. Se define el contrato de adhesión así: “Es aquél cuyas cláusulas redactadas unilateralmente por una de las partes no dejan a la otra más posibilidad que la de suscribirlas íntegramente sin modificación alguna”.

Este contrato es el que más se usa en el negocio de la informática, por los comerciantes y prestadores de servicios profesionales. Es en realidad un acto unilateral ya que al usuario se le obliga a firmar el escrito ya previamente redactado.

La garantía de que no se abuse del contrato es que lo vigile el Estado. El propio Estado lo usa en servicios de agua, luz, y los Bancos lo usan para toda transacción bancaria.

La parte que se refiere al usuario o adherente o adherido no puede discutir las cláusulas del contrato ni modificar las mismas, ya que si no firma, o no quiere aceptar, no le permite contratar, como la Compañía de Luz en el DF, y solamente le queda renunciar al contrato que nunca nació.

Es un contrato de monopolio o autoritarismo o esclavitud mercantil, por parte del comerciante que los hace para el comercio, donde el productor del servicio o mercancía impone su voluntad al consumidor, dejándolo en estado de indefensión, ya que le obligan a una serie de compromisos sin poder negociar, simplemente firma o no hay contrato. Solamente tienen nombre del adherido, cantidad, calidad o prestación, fecha y su firma.

El contrato de adhesión es contratación en masa, violando en ocasiones los derechos de los consumidores de servicios informáticos, ya que el dueño de los equipos o prestador del servicio al mantener en cautiverio la voluntad del consumidor, puede obligarlo a firmar en condiciones notoriamente desventajosas para él, convirtiéndolo así en un contrato leonino.

En México los contratos de adhesión deben ser aprobados por la Procuraduría Federal de Protección al Consumidor, ya que de no hacerlo el comerciante que haga uso de ellos será multado por la Ley Federal de Protección al Consumidor. Por su naturaleza jurídica, este contrato es muy usado por proveedores y prestadores informáticos.

Fuente: Apuntes de Derecho informático de la FCA de la UNAM