Crédito refaccionario
Podrá ser otorgado a empresas de la industria de la Transformación para inversiones en Activos Fijos y Consolidación de Pasivos con proveedores con una antigüedad no mayor a seis meses.
Garantías: Bienes adquiridos con la inversión y con los frutos pendientes o ya obtenidos de la empresa a cuyo fomento haya sido destinado el préstamo. El banco podrá solicitar garantías adicionales.
(También en este caso, el banco está obligado a vigilar la aplicación del crédito y cerciorarse de las garantías de acuerdo a los Artículos 321, 324, 325, 326, 327, 328 y 329 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito).
Fuente: Secretaria de Economía de México