El aval
Será aquella persona física o moral que ofrece su respaldo a la operación crediticia. Generalmente, se solicita la firma de aval del principal o principales accionistas o de quien o quienes están involucrados en la operación y/o administración de la empresa.
Cuando el aval sea persona Física, deberá presentar su relación patrimonial, y cuando se trate de una persona moral, en su Acta Constitutiva deberá existir la facultad para poder avalar operaciones crediticias, además de proporcionar:
- Escritura constitutiva, con datos del R.P.P. y C.;
- Escritura de poderes;
- Acta de facultades para otorgar avales;
- Libro de actas;
- Información financiera con una antigüedad no mayor de 3 meses, relaciones analíticas de sus principales cuentas y copia de la documentación de pasivos de largo plazo en su caso;
- La solicitud deberá estar firmada por el presidente del consejo de Administración o persona facultada para ello.
Fuente: Secretaria de Economía de México