Concepto del derecho de autor
En este orden de ideas, el ser autor de una obra conlleva derechos denominados “derecho de autor”. La LFDA en su artículo 11 establece al respecto que “el derecho de autor es el reconocimiento que hace el Estado en favor de todo creador de obras literarias y artísticas previstas en el artículo 13 de la citada Ley”, en virtud del cual otorga su protección para que el autor goce de prerrogativas y privilegios exclusivos de carácter personal y patrimonial.
Los primeros integran el llamado derecho moral y los segundos, el patrimonial.
Como hemos visto, las obras protegidas por el derecho de autor son diversas y dan material para citar muchos ejemplos; entre ellos los siguientes: Como libros, El Principito y El Conde de Montecristo, entre las esculturas podemos citar a La Piedad y El David, ambas obras de Miguel Ángel Buonarroti, entre los programas computacionales citaremos Windows de Microsoft, entre las coreografías, citaremos la del video de Thriller de Michael Jackson, entre las películas se encuentra Lo que el viento se llevó y así podríamos seguirnos indefinidamente.
Fuente: Apuntes de Derecho informático de la FCA de la UNAM