Contrato individual de trabajo
En la Exposición de Motivos de la Ley de 1970 se fija el criterio de que la relación de trabajo es una figura distinta del contrato, pero adopta también la idea de contrato, al expresar: «… se consideró conveniente tomar como base la idea de la relación de trabajo, que se define como la prestación .de un servicio personal subordinado, mediante el pago de un salario, independientemente del acto que le dé origen, pero se adaptó también la idea de contrato, como uno de los actos, en ocasiones indispensable que pueden dar nacimiento a la relación de trabajo… Las ideas anteriores explican el contenido del artículo 20 del Proyecto…»
Por otra parte, las reformas procesales de 1980 a la Ley Federal del Trabajo, han revivido la figura del contrato, en los nuevos artículos 784 y 804, al imponer al patrón la obligación de conservar y exhibir en juicio tal documento, como garantía probatoria para el trabajador.