Licencia anual de funcionamiento
Obligación: A partir de enero de cada año, el representante de un establecimiento turístico acudirá POR UNA SOLA VEZ a cualquiera de los diversos centros de recaudación que tiene el Municipio de Quito (Servíamos, Administraciones Zonales) y cancelará:
– Patente Municipal
– Tasa de Turismo
– Aporte Anual a CAPTUR
– Permiso de Bomberos.
Plazo: hasta el 31 de marzo de cada año.
Requisitos:
1.- Copia del comprobante de pago de la tasa de turismo y patente municipal,
2.- Formulario de Solicitud de Autorización de Funcionamiento firmado por el representante legal,
3.- Permiso de Uso de Suelo,
4.- Copia del RUC (si hubieren cambios, el RUC actualizado)
En las ventanillas se deben presentar los documentos que se especifican a continuación junto con el “Formulario de Solicitud de Autorización de Funcionamiento” debidamente lleno, inmediatamente le será entregada la Licencia Única Anual de Funcionamiento que incluye el permiso de Bomberos.
Sanción: La no renovación se sanciona con clausura del establecimiento.
Base Legal: Arts. 8 y 9 de la Ley de Turismo. Reglamento General de Aplicación a la Ley de Turismo.
Fuente: Manual de Gerente de Operadora del Ministerio de Turismo de Ecuador.